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Para atender las solicitudes de indemnización a usuarios por fallas en la prestación del servicio, es importante cumplir con las siguientes indicaciones:
1. Diligenciar el formato código FT-AGFM-05-001 “Solicitud indemnización por fallas en la prestación del servicio” y presentarse de manera escrita y soportada con los requisitos para cada caso, como lo son:
Nota: los requisitos se encuentran detallado en el formato FT-AGFM-05-001
Descargar formato FT-AGFM-05-001
2.Diligenciar el Formato FT-AGFM-05-002 “Acreditación de Propiedad” . Aplica únicamente para el reconocimiento económico de electrodomésticos.
Descargar formato FT-AGFM-05-002
3. La solicitud podrá radicarse físicamente en los puntos de radicación autorizados (Neiva, Garzon, Pitalito y la Plata) según horario establecido:
Sedes Neiva (Saire, Garzón, Pitalito y La Plata)
7:30 am a 2:30 pm jornada continua en días hábiles
4. La solicitud como segunda opción, podrá ser radicada por el canal virtual (ventanilla radiacion@electrohuila.co), cumpliendo con los siguientes requisitos y en el horario de 07:00 a. m. a 03:00 p. m.
La persona natural y/o jurídica que haya presentado una petición o reclamo ante la Electrificadora del Huila S.A. E.S.P. puede presentar recurso de reposición o reposición y en subsidio apelación ante la Superintendencia de Servicios públicos domiciliarios, cuando considere que el resultado del trámite no satisface su requerimiento.
Presentar el recurso en cualquiera de las Sedes de atención al cliente dispuestas por Electrohuila, correo electrónico radicacion@electrohuila.co o dentro de la página web www.electrohuila.co sección “Electrohuila en Línea” y deberá acreditar el pago de las sumas que no son objeto de reclamación, como pre- requisito para el trámite de recurso de reposición.
El seguimiento al trámite se podrá realizar de manera presencial con el número de cuenta o código NIU.
Las personas naturales y/o jurídicas que pacten un contrato de arrendamiento en el cual está inmerso el pago del servicio de energía eléctrica por parte del arrendatario, pueden denunciar la existencia del contrato ante la Electrificadora del Huila SA. E.S.P. remitiendo los depósitos o garantías constituidas, con el fin de que el inmueble entregado a título de arrendamiento no quede afecto al pago del servicio de energía eléctrica.
El trámite se puede hacer en las Sedes de atención al cliente de Electrohuila S.A. E.S.P.
Las personas naturales y/o jurídicas que consideren que la factura del servicio de energía prestado contiene conceptos que no corresponden, puede acercarse a cualquiera de las oficinas dispuestas por la empresa para la atención del cliente y solicitar la revisión y ajustes pertinentes.
Tener en cuenta que este trámite puede hacerlo través del correo radicacion@electrohuila.co o las Sedes de atención al cliente de Electrohuila S.A. E.S.P.
Las personas naturales y/o jurídicas pueden actualizar la información propia del cliente en la base de datos de la Electrificadora del Huila SA. E.S.P. cómo es: Dirección postal, nombre del cliente, número de identificación, dirección, estrato socioeconómico.
Tener en cuenta que este trámite puede hacerlo través del correo radicacion@electrohuila.co o las Sedes de atención al cliente de Electrohuila S.A. E.S.P.
Es el trámite que se realiza cuando el cliente ha realizado el pago y éste no se evidencia en el sistema de Electrohuila S.A. E.S.P.
que este trámite puede hacerlo través del correo radicacion@electrohuila.co o las Sedes de atención al cliente de Electrohuila S.A. E.S.P.
El Decreto 2860 del 09 diciembre de 2013, derogó los decretos 4955 y 2915 de 2011, estableciendo la exención del pago del impuesto de la contribución para los usuarios industriales de energía eléctrica cuya actividad económica principal se encuentre registrada en el Registro Único Tributario (RUT), en los Códigos 011 a 360, 581 y 411 a 439 de la Resolución 000139 del 21 noviembre de 2012.
Con el fin de determinar la continuidad en la aplicación de la exención del impuesto de la contribución, el usuario deberá presentar el Formulario del Registro Único Tributario – RUT con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario, cada seis (6) meses teniendo en cuenta la fecha de la radicación de la solicitud por primera vez, conforme lo establece el Parágrafo 2° Artículo 5°, del Decreto 2860 de 2013.
Los sujetos cobijados por la exención del pago del impuesto de la contribución establecida en el artículo 89.7 de la Ley 142 de 1994 son tres tipos:
No son sujeto pasivo de la contribución de solidaridad, en relación con las áreas comunes, aquellas personas jurídicas originadas en la constitución de la propiedad horizontal de naturaleza civil sin ánimo de lucro, siempre y cuando no se desarrolle en dichas áreas actividades industriales y/o comerciales que impliquen intermediación y ánimo de lucro.
La Nación asignará un monto de recursos destinados a cubrir el valor correspondiente a un porcentaje del cincuenta por ciento (50%) del costo de la energía eléctrica y gas natural que consuman los distritos de riego y demás esquemas de obtención de agua, tales como pozos profundos, por gravedad o aspersión, que utilicen equipos electromecánicos para su operación debidamente comprobado por las empresas prestadoras del servicio respectivo, de los usuarios de los distritos de riego y de los distritos de riego administrados por el Estado o por las Asociaciones de Usuarios debidamente reconocidos por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada por medio del Decreto 637 del 6 de mayo de 2020 por el Gobierno Nacional, ha dispuesto mediante Decreto 799 del 04 de junio de 2020, suspender temporalmente hasta el 31 de diciembre de 2020, el pago de la sobretasa o contribución especial en el sector eléctrico de que trata el parágrafo 2 del artículo 211 del Estatuto Tributario.
El mencionado beneficio se encuentra dirigido a los prestadores de servicios turísticos con inscripción activa y vigente en el Registro Nacional de Turismo y que desarrollen alguna de las actividades económicas principales las descritas a
continuación:
Que el Gobierno Nacional a través de la Ley 2068 del 31 de diciembre de 2020, prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021, la suspensión transitoria del pago de la sobretasa o contribución especial en el sector eléctrico de que trata el parágrafo 2 del artículo 211 del Estatuto Tributario, establecida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo mediante Decreto 799 del 04 de Junio de 2020, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada por medio del Decreto 637 del 6 de mayo de 2020.
La persona natural y/o jurídica que requiera cambiar o reponer el medidor para el servicio de energía eléctrica, puede adquirirlo en la Electrificadora del Huila S.A. E.S.P. debidamente certificado y sellado para su instalación con cargo a la cuenta del suscriptor y financiado hasta 36 meses de plazo.
En cualquier momento
Disponer una cuenta con la Electrificadora del Huila S.A. E.S.P.
Pago Variable. Depende del tipo de medidor que requiera.
Plazo para dar respuesta: Quince (15) días hábiles luego de presentada la solicitud
El cliente puede hacer seguimiento a su recurso así:
Es la solicitud que realiza el cliente y usuario para que se retire definitivamente el servicio público domiciliario de determinado inmueble.
Podrá solicitarlo Propietario del inmueble o quien solicito el servicio público domiciliario.
Para solicitar terminación del contrato por orden del suscriptor debes contar con lo siguiente: *Nombre completo y número de documento de identidad del solicitante.
Extranjeros: Cédula de Extranjería o pasaporte o permiso de permanencia en Colombia o la cédula de su país. Si el propietario o el suscriptor (quien solicitó el servicio) fallecieron, un tercero puede presentar la solicitud de retiro adjuntando el certificado de defunción e informando el vínculo con el inmueble.
Propietario: Fotocopia del impuesto predial vigente (documento físico o lo puedes consultar y descargar en la página de impuesto predial de la Alcaldía, en caso de que el municipio cuente con esta opción) o consultar el Certificado de Libertad y tradición en la Ventanilla Única de Registro -V.U.R- si el cliente no presenta el documento físico (si lo presenta físico con fecha de expedición inferior a 90 días).
Quien solicitó el servicio: última factura
Cuando el retiro del servicio sea por orden de autoridad competente, solo es necesario la comunicación de la entidad oficial con la solicitud (entidades: municipio o quién haga sus veces, inspecciones de policía)
Excepcionalmente se podrán recibir los siguientes documentos para acreditar propiedad del inmueble: Promesa de Compraventa, Documento de Posesión del Inmueble, Sentencia judicial de Adjudicación del predio, Resolución administrativa de adjudicación del predio, Escritura Pública, Índice de Propiedad, documento expedido por la inspección de policía donde conste la vivencia y Posesión del inmueble. Cuando el solicitante habite en un resguardo indígena, certificación de ocupación del inmueble firmado por el Gobernador Indígena.
Si la persona que realiza la solicitud actúa en representación de un tercero, deberá presentar, adicional a los documentos anteriores, el poder debidamente otorgado o la autorización que lo faculte para actuar en su nombre, la cual no requiere autenticación.
Los canales que podrá realizar la solicitud se tienen a disposición radicación@electrohuila.co, de manera presencial en nuestras sedes de Nieva, Pitalito, Garzón y la Plata, contando con la información requerida para el trámite durante la atención.
El Decreto 2860 del 09 diciembre de 2013, derogó los decretos 4955 y 2915 de 2011, estableciendo la exención del pago del impuesto de la contribución para los usuarios industriales de energía eléctrica cuya actividad económica principal se encuentre registrada en el Registro Único Tributario (RUT), en los Códigos 011 a 360, 581 y 411 a 439 de la Resolución 000139 del 21 Noviembre de 2012.
Para solicitar la exención por contribución de energía para industriales debes contar con lo siguiente:
Persona jurídica:
Persona natural:
Para continuar con el beneficio de la contribución. El usuario debe presentar cada seis (6) meses la siguiente documentación:
RUT, el cual debe incluir la información necesaria que identifique la actividad económica principal y la sede o sedes donde se realizan, con vigencia no mayor a treinta (30) días de generación.
En los casos donde se superen los 6 meses, se deberá presentar documentación completa, es decir aplica requisitos para solicitud nueva, descritos en este numeral.
Si el usuario actúa en calidad de un tercero, este último deberá acreditar su condición de apoderado presentando la debida autorización escrita.
Es la solicitud que realiza el usuario para que se exonere el cobro de la contribución del servicio público domiciliario en las áreas comunes de la propiedad horizontal.
Para solicitar la tarifa exenta para entidades Ley 2099 de 2021 debe contar con lo siguiente:
Exención al impuesto de la contribución prestadores de servicios educativos
Para solicitar la tarifa exenta para entidades Ley 2099 de 2021 debe contar con lo siguiente:
Lo anterior no aplica para Entidades del Estado.
Peridicidad
Trámite que se realiza para dar aplicación la Ley 1815 del 2016 y Circular 18003 del Ministerio de Minas de Energía, para obtener el beneficio tributario (Aplicación de Subsidio al Distrito de Riego), para los usuarios de cuya actividad económica principal se encuentre clasificada como Riego producción agropecuaria, cumpliendo los siguientes requisitos:
Para los usuarios de los Distritos administrados por ADR Agencia del Desarrollo Rural (Antes INCODER)
Para solicitar el beneficio de exención decreto 2287/2004 (Servicios acueducto y alcantarillado) debes contar con lo siguiente:
La actividad comercial principal se debe enmarcar en los códigos que se relacionan a continuación, lo anterior con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024:
Persona jurídica:
Persona natural:
Anual, tres primeros meses de cada año (Periodicidad de renovación del Registro Nacional de Turismo)
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