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Para la Electrificadora del Huila S.A E.S.P., el Código de Ética refleja el compromiso institucional para el adecuado funcionamiento de nuestro Gobierno Corporativo basado en la transparencia e integridad; por lo tanto, en este documento se integran los pilares éticos del comportamiento y define la cultura de cero tolerancia a tipologías relacionadas con soborno, corrupción, fraude, lavado de activos, financiación del terrorismo, y otras conductas conexas, que obstaculizan el cumplimiento de la estrategia corporativa.
Todos los colaboradores, proveedores/contratistas, órganos de administración, clientes, competencia y aliados de Electrohuila, deberán regirse por los más altos estándares de conducta y desempeñar sus funciones o actividades conforme a las disposiciones aquí señaladas, aspecto fundamental para generar confianza, credibilidad y reconocimiento en la sociedad; así, como al interior de la empresa, obtener un clima organizacional positivo, productivo y con espíritu de cooperación.
Principio de legalidad y cumplimiento
Protección de los derechos humanos y el medio ambiente
Uso eficiente de los activos
Sentido de pertenencia institucional
porque tengo la capacidad de ejercer mi rol en la empresa transmitiendo comportamientos éticos y genero efectos que impactan de forma positiva la imagen Reputacional de Electrohuila.
ElectroHuila S.A. E.S.P., de conformidad con las políticas públicas nacionales y convenios internacionales han desarrollado esfuerzos relevantes encaminados a luchar contra la Corrupción, prevenir actos de Soborno y otras conductas asociadas a delitos LA/FT/FPADM, por significar un riesgo para la estabilidad económica, social y política de los mercados.
En ElectroHuila S.A. E.S.P se entenderá cómo soborno ofrecer, prometer, dar, aceptar o solicitar ventajas como incentivo para cometer una acción ilegal, poco ética o que implica un abuso de confianza, lo que conlleva a obtener provecho a título personal o beneficios a favor de terceros mediante la omisión, alteración de información o la toma de decisiones.
Son bienes, servicios o beneficios de provenientes de un tercero relacionado con los grupos de interés. Su carácter debe ser promocional, por lo que no pueden superar el valor representativo establecido ni generar obligaciones o contraprestaciones para quien los da o los recibe.
Entiéndase por acto de corrupción las conductas penales enlistadas en los capítulos de delitos contra la administración pública, el medio ambiente, el orden económico y social, financiación del terrorismo y de grupos de delincuencia organizada, administración de recursos relacionados con actividades terroristas y de la delincuencia organizada, los consagrados en la Ley 1474 de 2011, los delitos electorales o cualquier conducta punible relacionada con el patrimonio público, que hubieren sido realizados.
Cualquier persona puede denunciar y alertar a la empresa sobre los casos o las acciones indebidas que considere sospechosas de ser un soborno o corrupción.
La Electrificadora del Huila S.A E.S.P., fundamenta el desarrollo de sus negocios transmitiendo una cultura de transparencia e integridad en todas las actuaciones de sus grupos de interés. En virtud de lo anterior, ha proporcionado normas y procedimientos claros tales como el Código de Buen Gobierno, Código de Ética, Política de la Línea de Transparencia y el Programa de Transparencia y Ética Empresarial, como base del compromiso institucional en la lucha contra la Corrupción, Soborno, Fraude, Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo, Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva y conductas que contraríen los valores y principios éticos.
De conformidad con las políticas públicas nacionales y convenios internacionales se han desarrollado esfuerzos relevantes encaminados a evitar la Corrupción, prevenir actos de Soborno y otras conductas asociadas a delitos LA/FT/FPADM, por significar un riesgo para la estabilidad económica, social y política de los mercados.
En ese orden, consciente de la importancia del cumplimiento normativo Electrohuila, ha dispuesto mecanismos para identificar, medir, evaluar, controlar y monitorear dichos riesgos con base en las instrucciones y recomendaciones emitidas por los entes de vigilancia y control, Secretaría de Transparencia y Organismos Internacionales.
El presente documento, constituye un compromiso con el principio 10 del Pacto Mundial de la ONU, fijando procedimientos claros y proporcionados que garanticen un sistema de control encaminado a gestionar adecuadamente los riesgos relacionados con el fraude y prácticas corruptas. De igual forma, establece el régimen de sanciones aplicables por omisión o extralimitación en su cumplimiento.
Todos los colaboradores, proveedores/contratistas, órganos de administración, clientes, competencia y aliados de Electrohuila, deberán desempeñar sus funciones o actividades conforme a las disposiciones aquí señaladas, aspecto fundamental para generar confianza, credibilidad y reconocimiento en la sociedad; así, como al interior de la empresa, obtener un clima organizacional positivo, productivo y con espíritu de cooperación.
La Electrificadora del Huila S.A. E.S.P., cuenta con un canal confidencial de reportes en donde sus grupos de interés pueden reportar posibles irregularidades que contraríen los valores y principios institucionales; tales como actos de corrupción, soborno, fraude, comportamientos inapropiados cometidos por nuestros funcionarios y el contratista.
Estos canales pueden ser visualizados en nuestras redes sociales y en la página web; los mismos estarán siendo operados por un tercero totalmente independiente para garantizar anonimato, independencia y protección al denunciante.
Con este mecanismo, queremos fortalecer la ética y el cumplimiento legal que debe enmarcar la actuación de cada trabajador, contratista y trabajadores de éste en el marco del desarrollo de las funciones encomendadas”.
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